martes, 5 de marzo de 2019

La Ley de Dios (2)

 LA FORMA DE LA LEY

Es así como la forma en que se expresaron las leyes de la Biblia tiene también algo que decirnos en cuanto a ciertas semejanzas y particularidades que tuvieron en relación con los otros códigos de leyes antiguos. Por supuesto, tales leyes no fueron formuladas con todos los rigores científicos de las leyes occidentales. En lo que respecta al mantenimiento del orden y del culto, así como del respeto a las leyes morales y espirituales, a menudo aparecen entrelazadas con los hechos históricos que las motivaron (Lev. 16:1224:10–23Núm. 27:1–1136:1–13, etc.).
Esto resalta el carácter primitivo de tales leyes. En comparación con los códigos de leyes de otras naciones, se destaca también el porcentaje tan elevado de cláusulas explicativas o de motivación en las leyes levíticas (375 de 1238 prescripciones legales del Pentateuco). Seréis santos, porque yo soy santo (Lev. 11:4520:7). Esto prueba que las leyes bíblicas no tienen simplemente el propósito de arreglar o mantener los problemas sociales, sino que conllevan una enseñanza teológica.
Las dos formas generales de expresión de las leyes hebreas son la casuística y la apodíctica. La casuística era la más común en el mundo antiguo y también en las leyes del pueblo de Yavé. Se caracteriza por comenzar con cláusulas condicionales tales como: cualquiera que... o el varón que... o si el pueblo o la persona que o todo hombre que..., etc.; y concluir con: entonces... (Lev. 202227, etc.).
La apodíctica, en cambio, que no posee cláusulas condicionales, era inusual. Su forma más pura que pone todo el peso de la obligación sobre el individuo, sin considerar la posibilidad de la desobediencia o rebelión personal, se encuentra en el Decálogo. No entrarían dentro de estas características las series de sentencias a muerte prescritas en Exodo 21, ni tampoco las maldiciones de Deuteronomio 27:15–26, ni algunas de las leyes del código de Hammurabi que se han presentado como apodícticas, pues al estar formuladas en tercera persona y ser dirigidas a casos particulares, puede argüirse que entran dentro de las características más generales de las leyes casuísticas. Además, las leyes de este género en el código de Hammurabi mencionado no prescriben principios morales.
Los únicos códigos bíblicos realmente apodícticos serían, por consiguiente, los que contienen las leyes del Decálogo (Exo. 20Deut. 5) y las prohibiciones sexuales de Levítico 18:7–17. Estas leyes no están dirigidas en la forma yusiva (especie de imperativo en tercera persona: “que él haga...”) que es característica de las leyes semíticas, como en Hammurabi, sino en segunda persona: No tendrás otros dioses delante de mí. Se ha considerado, por consiguiente, que este uso del Decálogo de orden y prohibición es único en todo el mundo antiguo, y que las demás leyes bíblicas, casuísticas por naturaleza, derivan de allí. De esta manera, mientras que “las diez palabras” o Decálogo revelan los principios morales y espirituales básicos para la humanidad, sin prever las consecuencias de la transgresión, las demás leyes serían una amplificación del Decálogo que incluye la pena o retribución, y/o el papel que debe desempeñar el organismo civil encargado de mantener el orden en la sociedad de Israel.
Una confirmación adicional de esta distinción entre el Decálogo y las leyes que derivan de ella, el “Libro de la Ley,” puede encontrarse en el hecho de que las tablas de la ley con los diez mandamientos se colocaron dentro del arca que servía de “estrado de los pies” del monarca celestial (Exo. 25:162131:18Sal. 99:15–9132:78, etc.). El “Libro de la Ley”, en cambio, aunque fue guardado también en el templo, fue colocado no dentro del arca, sino junto al arca (Deut. 31:26).
Basado en este principio fundamental de la Torah que proviene del AT, Jesús confirmó que la ley está enraizada en dos grandes principios: el amor a Dios (enunciado en los primeros cuatro mandamientos o primera tabla del Decálogo: Mat. 22:35–38; ver Deut. 6:5) y el amor al prójimo (enunciado en los seis últimos mandamientos o segunda tabla: Mat. 19:17–1922:39Rom. 13:9–10Gál. 2:8–11Stg. 2:8–12Lev. 19:18). Como lo entendió no sólo Jesús, sino que también lo había descubierto el escriba que quiso medir la sabiduría o conocimiento de Jesús con respecto a la ley, de estos dos mandamientos dependen toda la Ley y los Profetas (Mat. 22:40Mar. 12:28–34).
Siendo que esta forma de enunciamiento encuentra un paralelo en los tratados o pactos de los reyes hititas, que no son códigos de leyes, se ha levantado la pregunta de si realmente el Decálogo debe considerarse como formando parte del código de leyes del Pentateuco, o más bien, como algo separado y distinto, formando la base del pacto de Dios con Israel. Y aquí es donde debemos detenernos para considerar el concepto de la ley.

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